Comprometidos con las personas y con el planeta
Somos conscientes de las consecuencias de cada inversión, Por eso seguimos la aplicación de criterios medioambientales, sociales y de gobierno corporativo, conocidos como criterios ASG.
Porque entendemos que ofrecer el máximo beneficio a nuestros accionistas pasa por garantizar la sosteniblidad y el cuidado en el trato humano.
MISIÓN
VISIÓN
VALORES
Huella de Carbono
En Miraltabank, siempre hemos estado comprometidos con la responsabilidad ambiental y la lucha contra el cambio climático. Hemos obtenido el sello «COMPENSO» y «CALCULO» del Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, una iniciativa del Ministerio para la Transición Ecológica. Este logro no solo refleja nuestro compromiso continuo con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, sino que también subraya nuestra iniciativa de compensar proactivamente el impacto ambiental de nuestras operaciones.
El sello «CALCULO» demuestra que hemos realizado un cálculo exhaustivo de nuestra huella de carbono, entendiendo detalladamente nuestras emisiones y cómo estas impactan en el planeta. Este es el primer paso esencial hacia la sostenibilidad, ya que nos permite identificar y priorizar áreas para la reducción de emisiones.
Por otro lado, el sello «COMPENSO» indica que hemos ido más allá, compensando nuestras emisiones al 100% de su huella de carbono, mediante proyectos de absorción de dióxido de carbono. Esto no solo muestra nuestra responsabilidad con el medio ambiente, sino que también nos posiciona como líderes en la lucha contra el cambio climático.
Este reconocimiento refuerza nuestra determinación de seguir avanzando en nuestra agenda ambiental.
Información en materia de Sostenibilidad – Miralta Asset Management SGIIC, S.A.U. ↓
Resumen
Nuestros fondos Miralta Sicav - Sequoia y Miralta Narval FI promueven características medioambientales o sociales según el Art. 8 del Reglamento UE 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros. Sin embargo, no tienen como objetivo una inversión sostenible. Estos fondos no tienen previsto realizar inversiones sostenibles según el reglamento SFDR, si bien incorporan criterios extra-financieros para analizar que la generación de ingresos de las compañías en las que invierte esté alineada con algunos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Establecerán también determinadas exclusiones que tratarán de garantizar que las inversiones que realice el producto estén alineadas con su ideario sostenible. Su estrategia de inversión desde el punto de vista del ESG consistirá por tanto en invertir en activos que permitan cumplir con este ideario ESG. Miraltabank cuenta con una metodología propia para la evaluación a nivel ESG que, en combinación con proveedores externos de datos, le permite obtener una visión amplia de los riesgos y oportunidades a los que estarían expuestos los diferentes activos que estarían sujetos a selección como inversiones potenciales, tratando de identificar aquellos que se consideran mejor preparados ante el desafío que supone perseguir los objetivos de desarrollo sostenible, contando con las políticas y sistemas óptimos para alcanzar el deseado impacto positivo tanto en la sociedad como en el medio ambiente, lo que a la vez le permite anticiparse a los riesgos asociados. Para determinar los valores en los que invertir se tendrá presente el ideario de sostenibilidad, con arreglo a los siguientes criterios que se aplican en el proceso de decisión sobre todas las inversiones: 1. Criterios excluyentes (aplicarán como mínimo al 51% de las posiciones invertidas, excluyendo de este porcentaje el cash o aquellos activos en los que no se pueda obtener una valoración, que se considerarán neutrales en este sentido): En primer lugar, como primer criterio de análisis excluyente básico, quedarán fuera del universo de inversión cualquiera de aquellos países (así como las empresas de estos países) sancionados por incumplimiento de normativas internacionales (EU Sanctions o United Nations Security Council Consolidated List), o incluidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional en su lista de jurisdicciones de alto riesgo (lista GAFI) como territorios que presentan graves carencias en materia de prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo. En segundo lugar, para completar el análisis de exclusiones, y aplicando a corporaciones, se excluirá en función de la propia naturaleza del negocio que desempeñan, o bien por haber detectado riesgos adicionales en los procesos analizados. De esta forma, y como norma general, se excluirán de base todos aquellos emisores cuya principal fuente de ingresos provenga, en las medidas indicadas como porcentaje del revenue (máximo del 20% en cada una de estas materias individualizadamente), de cualquiera de las siguientes áreas:
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- - Generación de energía mediante el uso de carbón.
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- - Minería del carbón térmico
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- - Explotación de yacimientos petrolíferos o gasísticos en el Océano Ártico.
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- - Producción de tabaco.
Sin Objetivo de inversión sostenible
Los mencionados productos financieros promueven características medioambientales o sociales, pero no tienen como objetivo una inversión sostenible. Así mismo, tampoco establecen un porcentaje mínimo de sus inversiones a destinar a inversiones sostenibles, ni analizan su peso, sin perjuicio de que puedan mantener de forma habitual un porcentaje de su inversión en inversiones así calificadas (que será lo habitual, pero sin estar objetivado). En línea con la política establecida a nivel grupo, los vehículos no considerarán las Principales Incidencias Adversas (PAIs) en la toma de decisiones de inversión, de conformidad con el artículo 4 del SFDR. Adicionalmente, en el proceso de selección se analizará el cumplimiento de las compañías objeto de inversión con las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, incluidos los principios y derechos establecidos en los ocho convenios fundamentales a que se refiere la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y la Carta Internacional de Derechos Humanos.
Características medioambientales o sociales del producto financiero
Los fondos invertirán mayoritariamente en compañías que muestren una gestión sensata en relación a la sostenibilidad, teniendo para ello en cuenta su desempeño ESG mediante el análisis de varios indicadores. Dichas empresas, además de superar unas exclusiones en base a su procedencia o a la naturaleza de su negocio, deberán observar mayoritariamente una mínima alineación con algunos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos en 2015 por la Asamblea General de la ONU, analizándose su implicación a nivel agregado principalmente a través del criterio de Revenue Alignment o mediante alguno asimilable que permita realizar un análisis pormenorizado tanto para las diferentes compañías como para el global de la cartera. Entre las características medioambientales o sociales que promoverán estos productos encontraríamos las de poner fin a la discriminación contra mujeres y niñas, valorar el trabajo no remunerado de los cuidados, o promover la responsabilidad compartida en el hogar, así como garantizar la plena participación de la mujer en el liderazgo y la toma de decisiones, o tratar de ayudar a fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación ante desastres relacionados con el clima, entre otros.
Estrategia de inversión
Los vehículos siguen criterios financieros y extra-financieros en base a su ideario de sostenibilidad. Las inversiones deberán cumplir mayoritariamente con el ideario de sostenibilidad del fondo (como mínimo, el 51% de las posiciones de la cartera deberá cumplir con dicho ideario, siempre que haya datos disponibles, excluyendo por tanto de este porcentaje el cash o aquellos activos para los que no se obtenga información fiable, considerándolos neutrales a estos efectos). Para valorar las posiciones sobre las que llevar a cabo las inversiones, se establecen los siguientes criterios que se aplicarán en el proceso de decisión: 1. Criterios excluyentes: En primer lugar, como primer criterio de análisis excluyente básico, quedarán fuera del universo de inversión cualquiera de aquellos países (así como las empresas de estos países) sancionados por incumplimiento de normativas internacionales (EU Sanctions o United Nations Security Council Consolidated List), o incluidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional en su lista de jurisdicciones de alto riesgo (lista GAFI) entre los territorios que presentan graves carencias en materia de prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo. En segundo lugar, para completar el análisis de exclusiones, que aplicará principalmente a corporaciones, se excluirá en función de porcentajes de ingresos, teniendo en cuenta la propia naturaleza del negocio de procedencia. De esta forma, y como norma general, excluye de base todos aquellos emisores cuya principal fuente de ingresos provenga, en como máximo un 20% del revenue de la compañía, de las siguientes áreas (individualmente, no de forma agregada):
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- - Generación de energía mediante el uso de carbón. - Minería del carbón térmico. - Explotación de yacimientos petrolíferos o gasísticos en el Océano Ártico. - Producción de tabaco.
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- Estas exclusiones específicas han sido actualizadas tras evaluar su impacto ambiental y social, al considerarse que generan mayores externalidades negativas en relación con el ideario de sostenibilidad del fondo. No obstante, las exclusiones establecidas podrán revisarse ocasionalmente en función de la evolución del marco regulatorio o si se detectase la necesidad tras la revisión del comité de sostenibilidad.
Proporción de inversiones
Los procedimientos mencionados aplicarán con carácter general a todas las posiciones de los fondos siempre y cuando se disponga de datos, que no estarán disponibles en muchos casos como suele suceder para los instrumentos derivados (principalmente usados para cobertura), posiciones en cash, o papeles a corto plazo como pagarés de empresa, en los que no sea posible obtener una valoración adecuada mediante esta metodología por no contar con la misma profundidad de datos que en el caso de otras compañías cotizadas o de mayor tamaño. Dado que muchos de estos instrumentos no son valorables desde el punto de vista ESG, serán excluidos del cálculo del umbral mínimo del 51%, que aplicará únicamente sobre los activos con datos disponibles.
En todo caso, al menos un 51% del patrimonio de los fondos deberá estar invertido en activos que cumplan con los mencionados criterios excluyentes y valorativos. No estará predeterminada la proporción de inversiones a alcanzar de forma individualizada para los ODS analizados en los criterios valorativos. El porcentaje de criterios excluyentes y valorativos en cumplimiento con el ideario de sostenibilidad podrá no ser coincidente. El restante 49% del patrimonio de los fondos incluirá aquellas inversiones no ajustadas a características medioambientales o sociales ni sostenibles, tratándose principalmente de inversiones en derivados con objetivo de cobertura de riesgos o de maximización del rendimiento financiero, así como de la liquidez del propio fondo.
Respecto al porcentaje mínimo de inversiones de los fondos en actividades de transición y facilitadoras, no está determinado, siendo por tanto del 0%. La proporción mínima de inversiones sostenibles con un objetivo medioambiental no ajustadas a la taxonomía de la UE del fondo será también del 0% de su patrimonio al no quedar tampoco establecida. Respecto a la proporción mínima de inversiones socialmente sostenibles, será también del 0%.
Seguimiento de las características medioambientales o sociales
Las características medioambientales y sociales de los fondos estarán integradas en el propio proceso de inversión inicialmente por las exclusiones básicas, y después por el estudio a nivel agregado de la alineación con los ODS. Una vez se considera a la compañía susceptible de inversión y se materializa la adquisición, se monitorizará el desempeño agregado a nivel cartera, y, periódicamente, al menos de forma anual, se analizará la evolución del fondo en materia de sostenibilidad por parte del comité de sostenibilidad. Para monitorizar la evolución de las inversiones en materia de sostenibilidad, se mantendrá un continuo análisis del desempeño a nivel agregado de las carteras en relación con el revenue alignment (o criterio asimilable) respecto a los mencionados ODS, tratando de conseguir que las carteras se mantengan alineadas con dichos objetivos a lo largo del tiempo. Si en algún momento la alineación de las carteras a nivel agregado se acercase a niveles que pudieran incumplir con el ideario sostenible promovido, así como el umbral de posiciones en cumplimiento con los criterios de exclusión o valorativos, esta situación se comunicará a los órganos decisorios para que tomen las determinaciones oportunas, con vistas a mantener una continuidad en el cumplimiento de los estándares sostenibles que los fondos promueven. Se realizarán los controles periódicos del alineamiento de las carteras que se consideren necesarios y que permitan de esta forma detectar rápidamente cualquier riesgo de desalineación.
Métodos
Para analizar el cumplimiento con las características medioambientales o sociales, en primer lugar se aplicará el filtro de criterios excluyentes. Posteriormente, de forma periódica, se realizará un análisis sobre la evolución de la alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible perseguidos de forma agregada en las carteras, monitorizando así el alcance conjunto en el cumplimiento de las características medioambientales o sociales promovidas. Dicha estrategia se implementará de modo continuado en el proceso de inversión de los vehículos ajustados a características medioambientales o sociales. Al menos anualmente también se analizarán los posibles cambios en la valoración territorial de las posiciones, de cara a mantener posiciones en cartera o proponerlas para desinvertir cuando se considere que la jurisdicción haya dejado de estar en línea con el ideario de sostenibilidad de los fondos. También se valorará el mantenimiento o desinversión de aquellas posiciones sobre las que se interprete que puedan haber sufrido cambios sustanciales en esta materia, o que pudieran hacerlo a causa de eventos extraordinarios (por ejemplo, en el caso de ciertos eventos corporativos). El comité de sostenibilidad será el responsable de que los activos en los que invierten los fondos sigan mayoritariamente su ideario de sostenibilidad.
Fuentes y tratamiento de datos
Las fuentes de datos que se podrán utilizar para alcanzar las características promovidas podrán ser, principalmente, las siguientes:
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- United Nations Security Council Consolidated List (https://www.un.org/securitycouncil/sanctions/information).
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- Bloomberg
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- Moody's
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- Clarity
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- UN Global Compact (https://www.unglobalcompact.org/what-is-gc/participants) (ODS).
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- Cambridge/Dublin Universities (https://dashboards.sdgindex.org/rankings) (ODS por país).
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- Informes de sostenibilidad y memorias anuales de los diferentes emisores.
Limitaciones de los métodos y los datos
La principal limitación que encontramos tanto para los métodos como para las propias fuentes de datos es la falta de actualización o inclusión de algunos de los datos analizados, así como la incoherencia entre los distintos proveedores. Por ejemplo, se han detectado casos en que compañías de reconocido prestigio global aparecen en violación de los principios de la UN Global Compact o de las pautas para empresas multinacionales según algunos proveedores de datos, y según otros no. En estos casos se procederá a su análisis pormenorizado para esclarecer el caso. Otra de las limitaciones que podríamos encontrar es la de que en ciertos instrumentos financieros (derivados, estructurados, cash), encontramos todavía menos datos que en el resto de activos, no consiguiendo obtener ninguna información en algunos casos. Estos no se considerarán alineados con las características medioambientales o sociales, pero tampoco computarán para el mínimo del 51% alineado con características ESG, considerándose neutrales. Una limitación adicional sería la periodicidad de actualización de los datos, establecida usualmente como anual, y que limita la capacidad de adaptarse a cambios en el corto plazo, lo que nos ha llevado también a establecer nuestra revisión anual, ajustándonos a la periodicidad de actualización de información por parte de la mayoría de los proveedores de datos.
Diligencia debida
Esta metodología se mantiene en continua revisión tratando de adecuarla de la mejor forma posible a la normativa vigente y de optimizar el uso y aprovechamiento de las fuentes de datos, así como en continua búsqueda y valoración de alternativas para obtener una mayor fiabilidad de los análisis realizados en este ámbito. Así mismo, se realizan revisiones periódicas de diligencia debida que buscan evaluar la corrección de los datos extraídos dentro de las herramientas de terceros así como en su comparación con otros proveedores para tratar de comunicar cualquier inconsistencia detectada o encontrar incoherencias en nuestro análisis. Los criterios sostenibles establecidos se revisan de forma periódica, tratando de comprobar que, a la vez que se promueve su cumplimiento, se mantienen en línea con el resto de objetivos de los interesados (tales como rentabilidad y riesgo). Así mismo, se revisa periódicamente (por parte del comité de sostenibilidad) que se cumple con el ideario de sostenibilidad, integrando toda la información extra financiera en el proceso de toma de decisiones de inversión para los vehículos gestionados que promueven características medioambientales o sociales, así como que las distintas carteras cumplen a nivel agregado con los requisitos establecidos.
Políticas de implicación
Se procurará, ya sea a través del ejercicio del derecho a voto en juntas generales de accionistas, así como mediante las acciones de compromiso o engagement colaborativo, cuando la tipología de activos y el porcentaje de participación lo permitan (objetivado para una tenencia superior al 1% del capital para cualquier compañía), tomar las acciones pertinentes alineadas con las características medioambientales o sociales de los vehículos, así como en los potenciales eventos corporativos o litigios que pudieran producirse en materia de sostenibilidad en las empresas objeto de inversión, manteniendo en todo caso la alineación con la búsqueda de la maximización de los rendimientos para los clientes. Así, en la medida de lo posible y en función de nuestra capacidad de influencia, se tratará de mantener una participación activa, que promueva, a través del diálogo con los propios emisores corporativos, o de aquellas alternativas que permitan mantener un contacto con estos o una facultad de contribuir a la toma de decisiones, la alineación de las políticas corporativas de la empresa subyacente con las preferencias de sostenibilidad establecidas en el ideario de sostenibilidad. Para aquellos activos en los que la tenencia no alcance el límite establecido, y por entender que nuestra capacidad no será significativa como para influir suficientemente en las decisiones a tomar, se delegará por defecto la toma de decisiones en la junta de accionistas de la compañía, sin perjuicio de que en algunas situaciones extraordinarias se pueda decidir optar por alguna alternativa concreta, en todo caso siempre alineada con las características medioambientales o sociales promovidas. En este sentido, a la hora de analizar las decisiones a tomar, se valorará el potencial impacto que tendrá la elección que se pretende promover tanto a nivel financiero, como de riesgos o de idoneidad, así como los potenciales riesgos y oportunidades en materia de sostenibilidad.
Índice de referencia designado
No se establece ningún índice de referencia para medir la alineación de las carteras con las características medioambientales o sociales que promueven.